(Gal, 5,14)*
Es ésta una palabra de Pablo: breve, estupenda,
lapidaria, clarificadora.
Nos dice que lo que debe estar en la base del comportamiento
cristiano, lo que debe inspirarlo siempre, es el amor al prójimo.
En la actuación de este mandamiento, el apóstol ve el
pleno cumplimiento de la ley. En efecto, dice no cometer adulterio, no matar,
no robar, no desear… y es claro que quien ama no hace estas cosas: quien ama no
mata, no roba…
Pero quien ama no sólo evita el mal. Quien ama se
abre a los demás, quiere el bien, lo realiza, se entrega, llega a dar la vida
por la persona amada.
Por ello, Pablo escribe que en el amor al prójimo no
sólo se observa la ley, sino que se alcanza “la plenitud” de la ley.
Si toda la ley está en el amor al prójimo, es
necesario ver los otros mandamientos como medios que nos iluminan y nos guían
para saber encontrar, en las intricadas situaciones de la vida, el camino para
amar a los otros. Se necesita saber leer en los demás mandamientos la intención
de Dios, su voluntad.
Él quiere que seamos obedientes, castos,
mortificados, mansos, misericordiosos, pobres… para realizar mejor el mandamiento
de la caridad.
Nos podríamos preguntar: ¿por qué el apóstol omite
hablar del amor a Dios?
Lo que sucede es que el amor a Dios y al prójimo no compiten
entre sí. El amor al prójimo es expresión del amor a Dios. En efecto, amar a
Dios significa cumplir con su voluntad. Y la suya es que amemos al prójimo.
¿Cómo poner en práctica esta palabra?
Amando al prójimo, amándolo verdaderamente.
Lo cual significa don, pero don desinteresado.
No ama quien instrumentaliza al prójimo en función de
sus propios fines, aunque sean los más espirituales, como incluso la propia
santificación. Hay que amar al prójimo, no amarnos a nosotros mismos.
Está fuera de duda que quien ama de esta manera realmente
llegará a ser santo, será “perfecto como el Padre”, ya que ha realizado lo
mejor que podía hacer: ha dado en el centro de la voluntad de Dios, la ha
puesto en práctica, ha llevado a término la ley.
Chiara Lubich
No hay comentarios:
Publicar un comentario